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INE confirma que la presidencia de la SCJN no será por paridad de género, será por mayoría de votos
La presidenta consejera del Instituto Nacional Electoral (INE), Guadalupe Taddei, informó este martes sobre los resultados de la Elección Judicial para elegir a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la titular del INE precisó que la presidencia de la SCJN será la candidatura que tenga la mayor votación.
La presidenta consejera del Instituto Nacional Electoral, Guadalupe Taddei, informó este martes sobre los resultados de la elección judicial para elegir a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). La titular del INE precisó que la presidencia del máximo tribunal recaerá en la candidatura con la mayor votación, no por cuota de género.
Durante conferencia de prensa para presentar los resultados de la jornada electoral, aseguró que lo anterior es conforme al Artículo 94 de la reforma al Poder Judicial aprobada en 2024. De acuerdo con dicha reforma, la Suprema Corte de Justicia de la Nación se compondrá de nueve integrantes, cinco mujeres y cuatro hombres.
Taddei Zavala informó que al corte de este martes lleva poco más del 91% de avance de de los cómputos del Proceso Electoral Extraordinario. La consejera presidenta dijo que los votos para seleccionar los ministros de la SCJN, representan 117 millones de votos.
“Una persona no representa un voto sino hasta 39. Si consideramos nuestro porcentaje de participación, esto representa tan solo para la corte capturar 117 millones de votos, 117 millones de decisiones individuales”, informó Guadalupe Taddei en conferencia de prensa.
Los perfiles con más votos hasta el momento son:
- Hugo Aguilar Ortiz – 5 millones 295,364 votos
- Lenia Batres – 5 millones 30,281 votos
- Yasmín Esquivel – 4 millones 484,299 votos
- Loretta Ortiz – 4 millones 291,109 votos
- María Estela Ríos González – 4 millones 24,328 votos
- Giovanni Azael Figueroa – 3 millones 57,012 votos
- Irving Espinosa – 2 millones 956,378 votos
- Arístides Guerrero – 2 millones 935,363 votos
- Sara Irene Herrerías Guerra – 2 millones 713,493 votos
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¿Qué dice la Constitución?
Luego de que Hugo Aguilar Ortiz se posicionara como el candidato con más votos en la elección del 1 de junio para integrar la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), surgieron cuestionamientos sobre si el principio de paridad de género podría favorecer a su contendiente más cercana, Lenia Batres Guadarrama.
Con casi el 88% de las actas computadas por el Instituto Nacional Electoral (INE), Aguilar lidera con el 5.2% de los sufragios, superando a Batres y a la actual ministra Yasmín Esquivel Mossa. Sin embargo, especialistas y el texto constitucional coinciden: la paridad no determina quién debe presidir la Corte.
La reforma constitucional de 2019 incorporó el principio de paridad de género en todos los niveles de gobierno, incluyendo el ámbito judicial. No obstante, la presidencia de la SCJN se otorga a quien obtenga más votos en la elección respectiva, sin distinción de género.
Así lo establece el artículo correspondiente:
“Su presidencia se renovará cada dos años de manera rotatoria en función del número de votos que obtenga cada candidatura en la elección respectiva, correspondiendo la presidencia a quienes alcancen mayor votación”.
Esto implica que si Hugo Aguilar Ortiz mantiene la ventaja al cierre del conteo oficial, será él quien presida el máximo tribunal del país durante el siguiente periodo.
Una Corte ya encabezada por una mujer
Actualmente, la Suprema Corte es presidida por la ministra Norma Lucía Piña Hernández, elegida en enero de 2023. Su nombramiento marcó un hecho histórico al convertirse en la primera mujer en encabezar el máximo órgano judicial del país.
Por tanto, no existe ningún impedimento legal ni constitucional para que un hombre, como Aguilar Ortiz, pueda ocupar la presidencia en esta nueva etapa, siempre y cuando obtenga la mayor votación.
¿Qué es la regla de paridad?
La paridad de género se ha convertido en uno de los pilares del sistema electoral mexicano desde el 2014. Este principio busca garantizar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en los cargos de elección popular.
La regla de paridad de género en el INE establece que las mujeres y los hombres deben tener las mismas oportunidades de ser postulados y electos. Esto implica que los partidos políticos y coaliciones están obligadas a registrar el 50% de candidaturas para mujeres y el 50% para hombres en los distintos niveles de gobierno, incluyendo congresos locales, federales y gubernaturas.
En la práctica, es decir, en los procesos electorales el INE es la entidad encargada de vigilar el cumplimiento de esta regla; a través de medidas administrativas y legales.
Adicionalmente, el INE exige que los partidos detallen cómo aplicarán criterios de competitividad, para evitar que las mujeres sean postuladas únicamente en distritos o entidades donde tengan pocas posibilidades de ganar.
La regla de paridad de género busca que se cumpla la representación política de las mujeres, lo que a su vez implica una mayor atención a sus demandas y necesidades particulares para el ejercicio efectivo de los derechos.